El despido disciplinario, es decir, aquel en el que la empresa extingue la relación laboral por motivos relacionados con el rendimiento del trabajador (por ejemplo, por baja productividad o faltas reiteradas al trabajo) no genera indemnización (aunque sí finiquito) pero sí permite al trabajador acogerse a la prestación por desempleo, siempre y cuando haya trabajado y cotizado lo suficiente como para tener derecho a la misma.
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