LA CLAU es tu gestoría de confianza en REUS.
Somos un equipo joven y entusiasta con experiencia y formación para poder atender tus necesidades como asesoría laboral y fiscal. Estamos a tu servicio para aportar soluciones a medida con un asesoramiento totalmente personalizado.
Nos gusta mantener una comunicación inmediata y fluida con nuestros clientes.
Honestidad
El equipo de La Clau somos gente honesta y velamos siempre por tus intereses.
Transparencia
Trabajamos de forma totalmente transparente, informando a nuestros clientes en todo momento de los procesos.
Discreción
Tu confianza es muy importante, por eso trabajamos siempre como si cada cliente fuera único, con toda la rigurosidad y confidencialidad.
Compromiso
Cuando cogemos un cliente nuevo asumimos un firme compromiso de dar un servicio profesional y serio en todo momento y de forma indefinida hasta que el cliente lo considere.
Ética profesional
Informamos en todo momento a nuestros clientes de las consecuencias que pueden derivarse de tomar determinadas decisiones, sin ocultar nunca el marco normativo y legal.
Pro actividad
Nos adelantamos a las situaciones que se puedan.
¿Te podemos ayudar?
Además del asesoramiento en transporte nacional le podemos ayudar en la seguridad y protección en materia de transporte internacional. Cada vez más vivimos en un mundo global donde deben conocerse las políticas de transporte de cada país para que no sea un impedimento para nuestra empresa, sino un puente para avanzar a nivel laboral y empresarial.
Nosotros facilitamos el seguimiento de la implementación de medidas nuevas o normativas en materia de transporte, acompañándolos en el proceso de puesta en marcha de estas y durante todo el proceso. Resolviendo las dudas puntuales que puedan surgir.
Para trabajar en una empresa de transportes se necesitan varios permisos y autorizaciones, entre ellos:
- Poseer título de capacitación o certificado de competencia profesional para vehículos de más de 3.500 Kg de masa máxima autorizada.
- Autorización de transporte público de mercancías o de viajeros.
- Cumplir con las obligaciones fiscales y laborales establecidas.
Nuestros expertos fiscales se dedican a estudiar a fondo todas las particularidades del transporte industrial y estamos al día de las exenciones, deducciones y beneficios fiscales que puedas aprovechar. Te ayudamos a identificar y aplicar correctamente las mejores estrategias para minimizar la carga tributaria.
Contar con una asesoría fiscal especializada en el sector del transporte puede brindarte grandes ventajas para optimizar tus declaraciones y reducir vuestra carga tributaria.
El asesoramiento es personalizado y especializado en los diferentes ámbitos que engloba el sector del transporte de mercancías o viajeros, tarjetas y autorizaciones de transporte, constitución de sociedades de transportistas y cualquier otro trámite para particulares.
Es indispensable estar al día y ser conocedor de las nuevas regulaciones y normativas que vayan surgiendo en materia de transportes, conducción y vehículos, tanto a nivel autonómico, estatal o de la unión europea. Tu tranquilidad no interesa muchísimo.
La elusión fiscal se basa en el aprovechamiento de lagunas o vacíos jurídicos, buscando reducir la carga fiscal utilizando mecanismos permitidos por la ley, mientras que la evasión fiscal involucra el incumplimiento de la ley, incluyendo el fraude tributario, con un comportamiento ilegal.
El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un impuesto indirecto sobre el consumo derivado de la compra de bienes o de servicios profesionales. El IVA repercute sobre toda la cadena de producción, las empresas pagan el IVA de las compras que realizan y posteriormente, repercute en las ventas. Este proceso finaliza en quien consume estos productos, que es en definitiva quien paga este impuesto y es el consumidor final.
En empresarios individuales:
- Declaración censal 036-037.
- Impuesto sobre la renta de las personas físicas.
- Impuesto sobre el Valor Añadido.
- Retenciones e ingresos a cuenta.
- Declaraciones informativas anuales.
- Comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos.
- Otros trámites fiscales.
En Sociedades:
- Declaración censal 036-037.
- Impuesto de Sociedades.
- Impuesto sobre actividades económicas.
- Impuesto sobre el Valor añadido.
- Retenciones e ingresos a cuenta.
- Declaraciones informativas anuales.
- Presentación cuentas anuales.
- Comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos.
- Otros trámites fiscales.
A fin de obtener ingresos, los autónomos tienen una serie de gastos que son absolutamente imprescindibles. Por ejemplo, pago de alquiler, cuota de autónomos, dietas, gasolina, compra de materiales, etc. Estas cantidades se pueden restar de los ingresos para calcular el beneficio neto.
El balance de situación o general de una empresa es un documento contable financiero que refleja la situación económica y patrimonial de la misma en una fecha determinada. Se elabora periódicamente, permitiendo conocer la situación financiera de una empresa en un momento concreto.
El autónomo tiene la obligación de llevar la contabilidad de su negocio, ya que entre otras razones la Agencia Tributaria le exige con el fin de conocer sus ingresos y gastos. Exactamente debe llevarse un registro de ventas e ingresos, uno de compras y gastos y por último el registro de inversión o amortizaciones.
El Plan General Contable (PGC) es un documento que contiene la normativa contable vigente y aplicable a las empresas de España. Es un manual de referencia y consulta al que los profesionales contables recurren para aclarar y definir procesos. También podríamos definirlo como el marco legal y normativo para la contabilidad financiera, que es la contabilidad “legal” y obligatoria de las empresas, y cuyo producto, las cuentas anuales, es público al depositarse en el registro Mercantil.
En líneas generales, se trata de un servicio orientado a gestionar la contabilidad de la empresa, así como de medir y analizar su situación económica y ayudarla a realizar planificaciones tributarias en función de sus obligaciones fiscales. Así mismo te permite llevar el control al día de todos los movimientos contables de la empresa, ayudándote a saber en cualquier momento el estado financiero de la misma.
El asesor fiscal es el profesional que te orientará en que estrategia debe seguir tu empresa, elaborando el mejor plan de actuación y estrategia de negocio. Te pondrá al día de todas las normativas fiscales y tributarias actualizadas, para no recurrir en ninguna ilegalidad.
- Permite la correcta administración de gastos, ingresos, inventarios y costes de la empresa.
- Mantiene un registro de todas las transacciones realizadas en la empresa, facilitando la comparación anual, trimestral o mensual, permitiendo tener un mayor control y planificación de todas ellas.
- Hace posible obtener un balance general, donde se conozca la situación financiera de la empresa, en cualquier momento y poder planificar cualquier operación financiera.
- Permite la correcta administración de gastos, ingresos, inventarios y costes de la empresa.
- Mantiene un registro de todas las transacciones realizadas en la empresa, facilitando la comparación anual, trimestral o mensual, permitiendo tener un mayor control y planificación de todas ellas.
- Hace posible obtener un balance general, donde se conozca la situación financiera de la empresa, en cualquier momento y poder planificar cualquier operación financiera.
La asesoría fiscal es la que te ofrece consejo y asistencia a personas en materia de tributación. Asesorándote en la gestión de tus obligaciones en materia de impuestos y fiscalidad.
La asesoría contable es la asistencia indispensable que debe recibir toda empresa desde el momento de su nacimiento. Un buen asesoramiento contable es necesario para la constitución y desarrollo de un negocio próspero. Brinda a los propietarios de empresas la tranquilidad de una gestión contable enmarcada dentro del marco legal.
En España, existen bonificaciones y ventajas para las empresas que contratan trabajadores mayores de cierta edad, especialmente aquellos que tienen más de 45 años. Estas medidas están destinadas a promover la empleabilidad de personas mayores y ayudar a combatir el desempleo en este grupo demográfico. Algunas de las bonificaciones y ventajas más comunes incluyen:
- Contratos indefinidos: algunas bonificaciones están específicamente diseñadas para fomentar la contratación indefinida de trabajadores mayores de 45 años y pueden incluir reducciones en las cotizaciones sociales durante un período determinado.
- Programas de empleo senior: existen programas específicos dirigidos a fomentar la contratación de trabajadores mayores, incluyendo asesoramiento a empresas, subvenciones y ayudas para la adaptación de puestos de trabajo a las necesidades de trabajadores senior.
- Formación y reciclaje profesional: algunas comunidades autónomas ofrecen ayudas para la formación y el reciclaje profesional de trabajadores mayores de 45 años, lo que puede hacer que su contratación sea más atractiva para las empresas. Es importante tener en cuenta que estas bonificaciones y ventajas pueden variar según la comunidad autónoma en la que se encuentre tu empresa. Consúltanos para obtener información actualizada y específica sobre las bonificaciones disponibles para la contratación de trabajadores mayores de 45 años en tu empresa.
En España, existen bonificaciones y ventajas para las empresas que contratan trabajadores mayores de cierta edad, especialmente aquellos que tienen más de 45 años. Estas medidas están destinadas a promover la empleabilidad de personas mayores y ayudar a combatir el desempleo en este grupo demográfico. Algunas de las bonificaciones y ventajas más comunes incluyen:
- Contratos indefinidos: algunas bonificaciones están específicamente diseñadas para fomentar la contratación indefinida de trabajadores mayores de 45 años y pueden incluir reducciones en las cotizaciones sociales durante un período determinado.
- Programas de empleo senior: existen programas específicos dirigidos a fomentar la contratación de trabajadores mayores, incluyendo asesoramiento a empresas, subvenciones y ayudas para la adaptación de puestos de trabajo a las necesidades de trabajadores senior.
- Formación y reciclaje profesional: algunas comunidades autónomas ofrecen ayudas para la formación y el reciclaje profesional de trabajadores mayores de 45 años, lo que puede hacer que su contratación sea más atractiva para las empresas. Es importante tener en cuenta que estas bonificaciones y ventajas pueden variar según la comunidad autónoma en la que se encuentre tu empresa. Consúltanos para obtener información actualizada y específica sobre las bonificaciones disponibles para la contratación de trabajadores mayores de 45 años en tu empresa.
Montar una empresa es un proceso emocionante pero que requiere de una alta planificación y mucha atención a los detalles para maximizar las posibilidades de éxito. Aquí tienes una guía básica para comenzar:
- Idea de Negocio: define claramente tu idea de negocio. ¿Qué producto o servicio vas a ofrecer? ¿Cuál es tu propuesta de valor? ¿Cuál es tu mercado objetivo? Realiza un análisis de mercado para comprender la demanda y la competencia antes de lanzarte al vacío.
- Plan de Negocio: crea un plan de negocio detallado que incluya tu estrategia de marketing, análisis financiero, estructura organizativa y metas a corto y largo plazo. Un plan de negocio sólido te ayudará a guiar tu empresa hacia el éxito.
- Forma Jurídica de la Empresa: decide la forma jurídica que tendrá tu empresa, ya sea una sociedad limitada (SL), una sociedad anónima (SA), un empresario individual, etc. Cada forma tiene implicaciones legales y fiscales diferentes, así que elige la que mejor se adapte a tus necesidades.
- Registro de la Empresa: registra legalmente tu empresa en el Registro Mercantil de tu provincia y obtén un número de identificación fiscal (NIF). Esto te permitirá operar legalmente y abrir una cuenta bancaria empresarial.
- Plan de Financiación: determina cómo vas a financiar el lanzamiento de tu empresa. Esto puede incluir fondos propios, préstamos bancarios, inversores o subvenciones. Prepara un presupuesto inicial y un plan de flujo de efectivo para administrar tus finanzas de manera efectiva.
- Trámites Legales y Licencias: asegúrate de cumplir con todos los requisitos legales y obtener las licencias y permisos necesarios para operar tu negocio. Estos pueden variar según tu ubicación y la naturaleza de tu empresa.
- Localización: encuentra una ubicación adecuada para tu negocio si es necesario. Considera si necesitas un espacio físico o si puedes operar de manera remota.
- Recursos Humanos: si vas a contratar empleados, elabora un plan de recursos humanos que incluya la descripción de puestos, procesos de selección y políticas laborales.
- Marca y Marketing: crea una identidad de marca sólida, que incluya un nombre comercial, logotipo y presencia en línea. Desarrolla una estrategia de marketing para promocionar tus productos o servicios.
- Cuenta Bancaria Empresarial: abre una cuenta bancaria empresarial separada de tus finanzas personales para mantener la contabilidad de tu empresa en orden.
- Seguros: considera la posibilidad (en algunos sectores, de hecho, será obligatorio) de contratar seguros empresariales que te protejan en caso de problemas legales, daños materiales o lesiones.
- Contabilidad y Fiscalidad: establece un sistema de contabilidad sólido y asegúrate de cumplir con la legislación vigente y las obligaciones fiscales de tu empresa.
- Lanzamiento y Marketing: lanza tu negocio y comienza a promocionarlo. Aprovecha estrategias de marketing en línea y fuera de línea para llegar a tus clientes potenciales. Recuerda que cada negocio es único y los pasos específicos pueden variar según tu sector económico y el lugar en el que te encuentres. Si necesitas asesoramiento legal y financiero para garantizar que tu empresa cumple con todas las regulaciones y está en un camino sólido hacia el éxito, no dudes en contar con nosotros: tenemos expertos en todos los campos para ayudarte a llevar tu negocio a lo más alto.
La contratación de personas con discapacidad puede ofrecer multitud de beneficios a una empresa, tanto desde una perspectiva social como económica. Algunos de los beneficios clave son:
- Diversidad e inclusión: Bonificaciones en la seguridad social, dependiendo si la discapacidad es severa o no severa. Se entiende por discapacidad severa la parálisis cerebral, la enfermedad mental o discapacidad intelectual igual o superior al 33% o discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%.
- Mejora de la imagen de la empresa: las empresas que valoran la diversidad y la inclusión suelen disfrutar de una mejor imagen pública y pueden atraer a un público más amplio de consumidores y clientes.
- Cumplimiento legal: Según artículo 4. Conforme a lo dispuesto en el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, las empresas públicas y privadas que empleen a un número de 50 o más trabajadores vendrán obligadas a que de entre ellos, al menos, el 2 por 100 sean trabajadores minusválidos.
- Incentivos fiscales y subvenciones: es posible acceder a incentivos fiscales y subvenciones por contratar a personas con discapacidad, incluyendo reducciones en las cotizaciones sociales y deducciones fiscales.
- Mejora de la moral de los empleados: La inclusión de personas con discapacidad puede aumentar la moral de los empleados, ya que muchos trabajadores valoran el compromiso social y la igualdad de oportunidades en el lugar de trabajo.
Confíar en una asesoría laboral te permitirá centrarte en hacer crecer tu negocio mientras profesionales con formación y experiencia en este campo se encargan de garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones laborales y legales de tu empresa. Esto reduce el riesgo de que ocurran errores que pueden resultar muy caros y te ofrece la tranquilidad de saber que estás en manos expertas.
La función principal de una asesoría laboral es ayudar a las empresas a cumplir con todas las obligaciones legales y la normativa relacionada con el ámbito laboral, incluyendo asesoramiento en la contratación de personal, gestión de nóminas y resolución de problemas laborales.
Una asesoría laboral es un servicio profesional que aporta asesoramiento y apoyo en todos los aspectos relacionados con la gestión de recursos humanos y relaciones laborales dentro de una empresa. Esto puede incluir la contratación, la gestión de nóminas, la resolución de conflictos laborales y el cumplimiento de las leyes laborales, entre otros aspectos.
La Ley General de la Seguridad Social, en su artículo 169.1, establece que los trabajadores en situación de incapacidad temporal están impedidos para el trabajo, lo que supone que, en principio, no es posible contratar a un trabajador que se encuentra en situación de baja médica.
Por lo general, las nóminas deben pagarse mensualmente, dentro de los primeros 6 días naturales del mes siguiente al que corresponde la nómina.
También dependerá de la costumbre de la empresa, si una empresa siempre ha pagado el 15 de cada mes, entonces es totalmente factible seguir realizándolo.
Por supuesto, de hecho, es una situación muy habitual cuando el negocio del autónomo comienza a crecer y ya no puede hacerlo todo por sí mismo. En el caso de que quieras contratar a un trabajador, debes seguir los pasos que te exponemos a continuación:
- Estudiar la necesidad y las características del lugar de trabajo, para poder realizar una contratación adecuada.
- Dar de alta al trabajador en la Seguridad Social.
- Confeccionar el contrato de trabajo y su posterior presentación al SEPE.
- Pagar las cotizaciones del trabajador.
El coste de contratar a un trabajador puede variar significativamente en función de distintos factores, entre los que destacan el tipo de contrato, el salario del empleado y las cotizaciones sociales. Algunos elementos clave que debes tener en cuenta al calcular el coste de contratación son:
- Salario del empleado: El convenio colectivo estipula el salario mínimo que el trabajador debe percibir. El empresario puede aumentar este salario, nunca disminuir.
- Cotizaciones sociales: tanto el empleador como el empleado deben realizar contribuciones a la Seguridad Social. Estas cotizaciones se calculan sobre la base de cotización del trabajador.
- Impuestos y retenciones: tanto el empleador como el empleado están sujetos a impuestos sobre la renta. Las retenciones fiscales se deducen de los salarios de los empleados y se entregan a la Agencia Tributaria.
La contratación de personas con discapacidad puede ofrecer multitud de beneficios a una empresa, tanto desde una perspectiva social como económica. Algunos de los beneficios clave son:
- Diversidad e inclusión: Bonificaciones en la seguridad social, dependiendo si la discapacidad es severa o no severa. Se entiende por discapacidad severa la parálisis cerebral, la enfermedad mental o discapacidad intelectual igual o superior al 33% o discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%.
- Mejora de la imagen de la empresa: las empresas que valoran la diversidad y la inclusión suelen disfrutar de una mejor imagen pública y pueden atraer a un público más amplio de consumidores y clientes.
- Cumplimiento legal: Según artículo 4. Conforme a lo dispuesto en el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, las empresas públicas y privadas que empleen a un número de 50 o más trabajadores vendrán obligadas a que de entre ellos, al menos, el 2 por 100 sean trabajadores minusválidos.
- Incentivos fiscales y subvenciones: es posible acceder a incentivos fiscales y subvenciones por contratar a personas con discapacidad, incluyendo reducciones en las cotizaciones sociales y deducciones fiscales.
- Mejora de la moral de los empleados: La inclusión de personas con discapacidad puede aumentar la moral de los empleados, ya que muchos trabajadores valoran el compromiso social y la igualdad de oportunidades en el lugar de trabajo.
En España, para deducir el alquiler de la vivienda habitual en la declaración de la renta, debes cumplir con ciertos requisitos:
- Vivienda Habitual: la vivienda que estás alquilando debe ser tu vivienda habitual, donde residas la mayor parte del año.
- Contrato de Alquiler Registrado: el contrato de alquiler debe estar registrado en la Administración Tributaria correspondiente.
- Límite de ingresos: es posible que existan límites de ingresos para poder deducir el alquiler, por lo que debes verificar si cumples con estos límites según la normativa de tu comunidad autónoma.
Una vez que te asegures de cumplir todos los requisitos, debes seguir los pasos que te mostramos a continuación para realizar el trámite de solicitud:
- Recopila toda la documentación relacionada con el alquiler, incluyendo el contrato de alquiler registrado y los comprobantes de los pagos realizados.
- Declaración de la renta: cuando realices tu declaración de la renta, asegúrate de incluir la información sobre el alquiler en la sección correspondiente, proporcionando los datos del arrendador, la dirección de la vivienda, la cantidad total pagada en el año fiscal y la parte que te corresponde según tu porcentaje de titularidad en el contrato.
Es importante tener en cuenta que las regulaciones sobre la deducción por alquiler pueden variar según la comunidad autónoma en la que residas.
El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un impuesto indirecto que se aplica al valor agregado en cada etapa de la cadena de producción y distribución de bienes y servicios. Se calcula sobre el precio de venta de un producto o servicio y se suma al precio final que paga el consumidor. Te explicamos cómo se calcula el IVA de manera general:
- Tasa de IVA: el primer paso es determinar la tasa de IVA que se aplica al bien o servicio en cuestión. En España existen tres tasas principales: el 21% (tasa general), el 10% (tasa reducida) y el 4% (tasa superreducida), además de algunas tasas específicas para ciertos productos.
- Base Imponible: la base imponible es el valor del bien o servicio al que se le aplica el IVA. Es importante restar el IVA ya incluido en el precio si se conoce. Por ejemplo, si tienes un producto que se vende por 100 euros con un 21% de IVA incluido, la base imponible sería de 82.64 euros (100 / 1.21).
- Cálculo del IVA: para calcular el IVA, multiplicas la base imponible por la tasa de IVA aplicable. Siguiendo el ejemplo anterior con un 21% de IVA, el cálculo sería: 82.64 euros x 0.21 = 17.36 euros.
- Precio Final: finalmente, para obtener el precio final que el consumidor pagará, sumas la base imponible y el monto del IVA calculado. En este caso, sería: 82.64 euros (base imponible) + 17.36 euros (IVA) = 100 euros (precio final).
Este proceso se repite en cada etapa de la cadena de producción y distribución y el consumidor final es quien soporta el IVA total. Los negocios actúan como intermediarios y deben declarar y pagar el IVA recolectado al gobierno.
Si te han despedido, es importante dominar los nervios propios del momento y seguir una serie de pasos para proteger tus derechos y abordar la situación de manera adecuada. Aquí tienes una guía sobre qué debes hacer en caso de despido:
- Revisa la documentación: asegúrate de tener una copia de la carta de despido o la notificación por escrito. Este documento debe detallar las razones del despido y la fecha efectiva de la finalización de la relación laboral. También verifica cualquier otro documento relacionado con tu empleo, como tu contrato laboral y tus nóminas.
- Consulta tus derechos: familiarízate con tus derechos y responsabilidades como trabajador. Esto incluye el derecho a prestaciones por desempleo, indemnización en caso de despido improcedente y otros beneficios laborales. Si tienes dudas, podemos ofrecerte asesoramiento legal.
- Registra tu situación de desempleo: tan pronto como sea posible después del despido, regístrate como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Este es el primer requisito para recibir la prestación por desempleo.
- Busca asesoramiento: si tienes dudas sobre la legalidad de tu despido, los términos del mismo o tus derechos, busca el asesoramiento de un abogado laboral. En La Clau podemos ayudarte a evaluar tu situación y tomar las medidas adecuadas.
- Evalúa tus opciones: dependiendo de la naturaleza de tu despido, podrías tener opciones legales. Si consideras que el despido fue injusto o improcedente, podrías impugnarlo ante la jurisdicción laboral. Podemos orientarte sobre la viabilidad de tu caso.
- Actualiza tu currículum y busca empleo: inicia la búsqueda activa de empleo tan pronto como puedas. Actualiza tu currículum, crea perfiles en plataformas de búsqueda de empleo en línea y aprovecha tus contactos profesionales para explorar nuevas oportunidades laborales.
- Mantén un registro de tus esfuerzos: anota tus actividades de búsqueda de empleo, incluyendo las empresas a las que te has postulado, las entrevistas que has tenido y cualquier otra información relevante. Esto puede ser útil para solicitar prestaciones por desempleo.
- Cuida tu bienestar: el despido puede ser una experiencia estresante. Asegúrate de cuidar tu salud física y mental durante este período. Busca apoyo emocional de amigos y familiares si es necesario.
- Planificación financiera: evalúa tu situación financiera y ajusta tu presupuesto si es necesario. En La Clau podemos ofrecerte asesoramiento financiero para obtener orientación sobre cómo administrar tus recursos durante el desempleo.
El despido disciplinario, es decir, aquel en el que la empresa extingue la relación laboral por motivos relacionados con el rendimiento del trabajador (por ejemplo, por baja productividad o faltas reiteradas al trabajo) no genera indemnización (aunque sí finiquito) pero sí permite al trabajador acogerse a la prestación por desempleo, siempre y cuando haya trabajado y cotizado lo suficiente como para tener derecho a la misma.
Se conoce como preaviso al periodo de tiempo que transcurre desde que se notifica al trabajador la extinción de la relación laboral hasta que la misma se hace efectiva. Este periodo puede variar en función del tipo de contrato y del tipo de despido:
- Despidos colectivos: se debe avisar con 15 días a los representantes de los trabajadores y, con posterioridad, se puede preavisar a cada trabajador de forma individual.
- Despido por causas objetivas: el preaviso debe ser de 15 días.
- Despido disciplinario: no es obligatorio preavisar, aunque habitualmente se respeta el periodo de 15 días necesario en otros tipos de despido.
- Despido por fuerza mayor: no existe preaviso.
- Despido improcedente: no existe como tal, ya que la improcedencia del despido no es algo que dependa del empleador, sino de la autoridad judicial.
Para denunciar un despido improcedente en España, debes impugnar el despido ante los Juzgados de lo Social, asistido por un abogado laboralista. Estos son los pasos que debes seguir:
- Contacta a tu empleador: lo más sencillo es tratar de llegar a un acuerdo satisfactorio para ambas partes antes de iniciar procesos judiciales.
- Reúne evidencia: Si consideras que tu despido es improcedente, recopila toda la documentación relacionada con tu empleo y el despido, como contratos, correos electrónicos, cartas de despido, comunicaciones con tu empleador y cualquier otra prueba que respalde tu caso.
- Presenta una papeleta de conciliación: Debes presentar una papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) o el organismo equivalente en tu comunidad autónoma. La papeleta de conciliación es un documento en el que solicitas una reunión de conciliación con tu empleador para intentar resolver la disputa de manera amistosa. Debes presentarla en un plazo de 20 días hábiles desde la fecha de notificación de tu despido.
- Conciliación: En la reunión de conciliación, tendrás la oportunidad de discutir la situación con tu empleador y tratar de llegar a un acuerdo. En caso de alcanzarlo, se formalizará por escrito, mientras que si no se llega a nada, obtendrás el certificado de intento de conciliación, que necesitarás para continuar con el proceso legal.
- Demanda ante el juzgado de lo social: deberás explicar las razones por las que consideras que tu despido es improcedente y proporcionar la evidencia relevante.
- Juicio laboral: El caso será llevado a juicio laboral, donde tanto tú como tu empleador podréis presentar vuestros argumentos y pruebas. El tribunal tomará una decisión sobre la procedencia o improcedencia del despido.
Durante todo el proceso es fundamental contar con el asesoramiento de un abogado laboral, que te ofrecerá orientación legal y representación adecuada en el juicio.
En primer lugar, es necesario conocer la diferencia entre la indemnización por despido y el finiquito, ya que son conceptos que se suelen confundir:
- El finiquito es la liquidación de conceptos que el trabajador aún no ha cobrado, las vacaciones aún no disfrutadas y las pagas extra devengadas pero no abonadas. El finiquito debe abonarse en todos los casos de extinción de contrato laboral, aun cuando se trate de una baja voluntaria por parte del trabajador.
- La indemnización es una compensación económica a la finalización de ciertos tipos de contrato y solo en algunas circunstancias.
Para calcular la posible indemnización, es necesario conocer el salario bruto diario, que se puede calcular dividiendo la base de cotización entre 30 (en el caso de sueldo no variable) o todo lo cobrado durante el año anterior entre 360. Una vez conocido este dato, se pueden aplicar distintas fórmulas en función del tipo de despido:
- Despido improcedente: si el contrato es posterior al 12 de febrero de 2012, y para el periodo posterior aunque el contrato se firmara antes, 33 días de salario por año trabajado hasta un máximo de 24 mensualidades; si el contrato es anterior a esa fecha, la indemnización será de 45 días por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades.
- Despido disciplinario: no da lugar a ninguna indemnización.
- Despido colectivo: 20 días de salario por año trabajado hasta un máximo de 12 mensualidades.
- Finalización de contrato de duración determinada, que la indemnización es 12 días de salario por año trabajado.
En España, el derecho a recibir prestaciones por desempleo, comúnmente conocido como «paro», está sujeto a ciertas condiciones y requisitos. Hay varios tipos de despidos en los que los trabajadores pueden perder su derecho a recibir prestaciones por desempleo. Algunos de ello son:
- Renuncia voluntaria: en el caso de renunciar voluntariamente al empleo sin una causa justificada, se pierde el derecho a recibir prestaciones por desempleo.
- Cuando el motivo de la baja a la empresa es por No superar el periodo de prueba y hace menos de tres meses que dejaste de prestar tus servicios en otra empresa Voluntariamente.
Habitualmente, la notificación de despido se puede realizar por dos vías:
- Presencial, mediante la entrega en mano de la carta de despido.
- Por burofax, en el caso de teletrabajo o situación de baja laboral.
Inmediatamente después del despido, el empleador debe dar de baja al trabajador en la Seguridad Social. Este trámite se puede comprobar fácilmente accediendo a la sede electrónica de la Seguridad Social, aunque lo más habitual es que el organismo envíe un sms al interesado tanto en el caso del alta como de la baja.
Existe cuando el empleador despide a un trabajador por razones específicas y justificadas que están establecidas en la legislación laboral.
En España, las causas típicas que pueden dar lugar a un despido objetivo incluyen:
- Ineptitud o falta de capacidad del trabajador para realizar su trabajo.
- Razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que justifiquen la extinción del contrato.
El importe de la indemnización en caso de despido objetivo es de 20 días de salario por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. Si el trabajador considera que su despido objetivo no se basa en causas justas o que no se ha seguido el procedimiento adecuado, puede impugnar la decisión ante la jurisdicción laboral.
El despido disciplinario es el que se lleva a cabo en caso de un incumplimiento grave o una conducta inapropiada por parte del trabajador. Para que un despido disciplinario sea válido, debe cumplir con ciertas condiciones y procedimientos establecidos por la legislación laboral y,
en algunos casos, por los convenios colectivos. Si un empleado considera que su despido disciplinario carece de justificación o que no se ha seguido el procedimiento adecuado, puede impugnar la decisión ante la jurisdicción laboral. En caso de que un tribunal determine que el despido está basado en causas justas o no se ha realizado según los procedimientos adecuados, podría considerarse improcedente, lo que
podría dar lugar a la readmisión del trabajador o al pago de una indemnización por parte del empleador.
Un despido improcedente es aquel en el que el empleador decide poner fin a la relación laboral sin justificación legal suficiente o sin seguir el procedimiento adecuado. En España, la legislación laboral establece que un despido puede ser considerado improcedente cuando no se puede demostrar una causa justa o válida para rescindir el contrato de trabajo.
Cuando un despido se declara improcedente, el empleador puede enfrentar diversas consecuencias, como la obligación de readmitir al trabajador en su puesto o el pago de una indemnización. La indemnización en caso de despido improcedente varía según el tipo de
contrato y la antigüedad del trabajador:
- Para contratos suscritos después del 12 de febrero de 2012, la indemnización por despido improcedente será de 33 días de salario por año trabajado, con un límite de 24 mensualidades. Este cálculo aplica también al periodo trabajado a partir de esa fecha, aun cuando el contrato fuera anterior a la misma.
- Para contratos suscritos antes del 12 de febrero de 2012, la indemnización será de 45 días por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades.
El plazo legal para realizar devoluciones de impuestos varía según el tipo de impuesto y las circunstancias individuales, aunque, por lo general, es de seis meses a partir de la fecha en que presentaste tu declaración de impuestos. Sin embargo, existen excepciones y circunstancias que pueden prolongar o acortar este período.
En cualquier caso, es importante estar al tanto de la fecha límite para reclamar una devolución y realizar un seguimiento de tu situación fiscal para evitar retrasos innecesarios. Si tienes dudas específicas sobre una devolución de impuestos, no dudes en contactar con nosotros: podemos darte todo el asesoramiento que necesitas.
Si haces negocios con empresas procedentes de otros países de la Unión Europea debes conocer el concepto IVA intracomunitario, un régimen especial de tributación por el que se rigen las adquisiciones y entregas intracomunitarias, es decir, las que se realizan con otros países miembros de la Unión Europea.
En el caso de que exportes bienes a otro país perteneciente a la UE, esta operación no estará sujeta a IVA, por lo que no debes repercutir este impuesto en la factura, siempre y cuando la empresa receptora está identificada en su país con un Número de Identificación Fiscal de
sujetos pasivos comunitarios.
Por el contrario, en el caso de que adquieras bienes o servicios a otro estado miembro sí deberás declarar el IVA mediante autoliquidación, un mecanismo mediante el cual contabilizarás el impuesto al mismo tiempo como IVA soportado y como IVA repercutido. Si tienes alguna duda en la realización de este proceso, no dudes en contactar con nosotros para que podamos asesorarte.
La tributación en la venta de inmuebles depende de si la operación se realiza entre particulares o entre empresas, así como del tipo de inmueble. Aquí está la distinción clave:
- Venta entre Particulares: cuando una persona vende una propiedad a otra persona que no es una empresa o un profesional, generalmente la operación está sujeta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) o al Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IVTNU), también conocido como «plusvalía municipal». El IVA no se aplica en este caso.
- Venta entre Empresas o Profesionales: si la venta de un inmueble se realiza entre empresas o profesionales, sí se aplicará el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), a la tasa general del 21% en la mayoría de los casos, aunque hay excepciones para propiedades residenciales nuevas, que pueden estar sujetas a un tipo reducido del 10%.
Existen excepciones y particularidades en la aplicación de estos impuestos, especialmente en lo que respecta a viviendas de protección oficial, locales comerciales, terrenos rústicos, y otras situaciones especiales. Además, las regulaciones fiscales pueden variar según la comunidad autónoma.
Si eres autónomo puedes deducir el IVA de los suministros de tu vivienda habitual, en la medida en que la utilices para llevar a cabo tu actividad económica. Sin embargo, esta deducción está sujeta a ciertas condiciones y limitaciones:
- Porcentaje de Deducción: puedes deducirte el IVA en proporción al porcentaje de uso de tu vivienda para actividades económicas. Esto implica que debes calcular cuánta superficie de tu vivienda utilizas para tu negocio y deducir el IVA correspondiente a ese porcentaje.
- Actividad Económica Principal: la vivienda debe ser tu lugar de trabajo principal o habitual, donde realices la mayor parte de tu actividad económica. Si tienes un lugar de trabajo adicional fuera de tu hogar, la deducción se basará en el uso que hagas de tu vivienda en relación con tu actividad principal.
- Facturación de IVA: debes estar sujeto al régimen de autónomos que implica la facturación de IVA en tus actividades económicas para poder deducir el IVA de los suministros de la vivienda.
- Documentación y Registro: es importante mantener un registro detallado de los gastos relacionados con los suministros de tu vivienda, así como cualquier documentación que respalde el uso de tu vivienda para fines comerciales.
- Límite de Deducción: existe un límite máximo de deducción en función de la superficie de la vivienda utilizada para fines económicos y el porcentaje de uso. Además, la deducción está sujeta a límites anuales y puede variar según la normativa vigente.
El tipo de IVA que se aplica a las obras de reforma en la vivienda habitual depende de varios factores, incluyendo el tipo de trabajo realizado y la antigüedad del inmueble. Como norma general, será de aplicación lo siguiente:
- Tipo General del 21%: el tipo de IVA general del 21% se aplica a las obras de reforma, rehabilitación y mejora en viviendas habituales que no cumplan con los requisitos para acogerse a tipos reducidos o superreducidos.
- Tipo Reducido del 10%: en el caso de que el declarante sea una persona física y utilice la vivienda para uso particular (no sea destinada a alquiler o actividad empresarial, aún de forma parcial); la reforma se realice sobre un inmueble cuya construcción o rehabilitación haya finalizado, al menos, dos años antes de comenzar las obras de reparación o renovación y, en el caso de aportar materiales, el coste de estos no exceda el 40% de la base imponible de la factura.
No, únicamente se puede hacer la renta conjunta con el cónyuge en caso de matrimonio. En caso de que la pareja de hecho tenga hijos sólo uno de los progenitores podrá hacer la renta conjunta con los hijos.
Si resides en una vivienda alquilada, puedes deducirte un porcentaje de las cantidades pagadas por el alquiler en tu declaración de la renta, siempre que cumplas ciertos requisitos, que pueden hacer referencia a límites de ingresos, edad y otros factores. La deducción por alquiler de vivienda habitual es una deducción autonómica, lo que significa que las regulaciones pueden variar según la comunidad autónoma en la que vivas.
Por lo que respecta a la deducción Adquisición de Vivienda con Hipoteca, fue eliminada para las hipotecas firmadas a partir del 1 de enero de 2013 y actualmente no existe como tal para hipotecas nuevas, aunque puedes seguir disfrutando de ella si tu hipoteca es anterior a esa
fecha.
Además, algunas comunidades autónomas pueden ofrecer deducciones fiscales específicas para la adquisición de vivienda, por lo que es importante verificar si existe alguna deducción disponible en tu región.
Sí, es posible corregir una declaración de la renta mal hecha de años anteriores. Puedes presentar una declaración complementaria o una declaración sustitutiva, dependiendo de la naturaleza de la corrección que necesites hacer:
- Declaración complementaria: si has omitido ingresos, deducciones o cualquier otra información relevante en una declaración anterior y deseas agregar esta información, puedes presentar una declaración complementaria. Esto te permitirá corregir la declaración sin modificar los datos previamente presentados.
- Declaración sustitutiva: si has presentado una declaración incorrecta en el pasado y necesitas corregirla en su totalidad, puedes presentar una declaración sustitutiva. Esto implica reemplazar completamente la declaración anterior por una nueva.
Ten en cuenta lo siguiente al corregir una declaración de la renta:
- Debes presentar la corrección en el plazo de cuatro años desde el final del período de declaración (normalmente, el año fiscal correspondiente). Por ejemplo, si deseas corregir una declaración del año 2020, debes hacerlo antes del 30 de junio de 2025.
- La corrección puede resultar en un saldo a pagar adicional o en un reembolso, dependiendo de la naturaleza del cambio.
- Asegúrate de tener la documentación adecuada y completa para respaldar la corrección que estás presentando.
Si tienes dudas o necesitas ayuda para corregir una declaración anterior, no dudes en consultarnos para evitar errores y cumplir con los procedimientos fiscales adecuados.
Si ya ha finalizado tu prestación por desempleo y no has encontrado un nuevo trabajo, debes saber que existen una serie de recursos a los que puedes acceder en función de tus circunstancias:
- Renta Activa de Inserción o RAI: dirigido a aquellas personas que no tienen derecho a la prestación por desempleo ordinaria ni al subsidio por desempleo.
- Subsidio por desempleo: dirigido a las personas que han agotado la prestación contributiva y tienen cargas familiares.
- Subsidio para mayores de 45 años, dirigido a personas que han cumplido esta edad y han agotado la prestación ordinaria por desempleo, pero no tienen responsabilidades familiares.
- Subsidio para mayores de 52 años, dirigido a personas con esta edad o superior que han agotado la prestación contributiva y cumplen una serie de requisitos específicos.
- Subsidio extraordinario por desempleo, dirigido a las personas en desempleo total. He de contratar una persona, ¿qué tipo de contrato he de hacer y cuánto me costará?
La elección del tipo de contrato que debes hacer para contratar a una persona depende de varios factores, como la naturaleza del trabajo, la duración del empleo y las circunstancias específicas de tu empresa. Los contratos de trabajo pueden ser de diferentes tipos y cada uno tiene distintas implicaciones legales y costes asociados. Algunos de los tipos de contrato más comunes son:
- Contrato indefinido: no tiene una fecha de finalización específica.
- Contratos fijos discontinuos: Solo trabajan por temporadas a la empresa, dicho contrato tiene que estar contemplado en el Convenio Colectivo del sector al que pertenezca la empresa.
- Contrato temporal de sustitución: contratas a una persona que sustituye la maternidad/paternidad o la I.T. del trabajador que está de baja.
- Contrato de formación y aprendizaje: Es un contrato destinado a mejorar la cualificación profesional del trabajador.
- Contrato a tiempo parcial: el empleado trabajará menos horas que un empleado a tiempo completo.
- Contrato en Prácticas: dirigido a empleados que acaban de terminar su formación y están adquiriendo experiencia laboral.
En cuanto a los costes, los más importantes son el salario y las cotizaciones a la Seguridad Social, pero además tendrás que tener en cuenta otros costes asociados, como las posibles indemnizaciones por despido y otros beneficios laborales que pueden variar según el tipo de contrato y la legislación vigente. Además, debes cumplir con las obligaciones fiscales y de Seguridad Social como empleador.
Lo más importante para contratar una persona es saber qué necesidades reales tiene tu empresa, a partir de aquí mirar qué convenio podemos aplicar por tu actividad, qué tipo de contrato podemos hacer, qué categoría profesional podemos aplicarle y si nos podemos acoger algún beneficio o bonificación.
Montar una empresa es un proceso emocionante pero que requiere de una alta planificación y mucha atención a los detalles para maximizar las posibilidades de éxito. Aquí tienes una guía básica para comenzar:
- Idea de Negocio: define claramente tu idea de negocio. ¿Qué producto o servicio vas a ofrecer? ¿Cuál es tu propuesta de valor? ¿Cuál es tu mercado objetivo? Realiza un análisis de mercado para comprender la demanda y la competencia antes de lanzarte al vacío.
- Plan de Negocio: crea un plan de negocio detallado que incluya tu estrategia de marketing, análisis financiero, estructura organizativa y metas a corto y largo plazo. Un plan de negocio sólido te ayudará a guiar tu empresa hacia el éxito.
- Forma Jurídica de la Empresa: decide la forma jurídica que tendrá tu empresa, ya sea una sociedad limitada (SL), una sociedad anónima (SA), un empresario individual, etc. Cada forma tiene implicaciones legales y fiscales diferentes, así que elige la que mejor se adapte a tus necesidades.
- Registro de la Empresa: registra legalmente tu empresa en el Registro Mercantil de tu provincia y obtén un número de identificación fiscal (NIF). Esto te permitirá operar legalmente y abrir una cuenta bancaria empresarial.
- Plan de Financiación: determina cómo vas a financiar el lanzamiento de tu empresa. Esto puede incluir fondos propios, préstamos bancarios, inversores o subvenciones. Prepara un presupuesto inicial y un plan de flujo de efectivo para administrar tus finanzas de manera efectiva.
- Trámites Legales y Licencias: asegúrate de cumplir con todos los requisitos legales y obtener las licencias y permisos necesarios para operar tu negocio. Estos pueden variar según tu ubicación y la naturaleza de tu empresa.
- Localización: encuentra una ubicación adecuada para tu negocio si es necesario. Considera si necesitas un espacio físico o si puedes operar de manera remota.
- Recursos Humanos: si vas a contratar empleados, elabora un plan de recursos humanos que incluya la descripción de puestos, procesos de selección y políticas laborales.
- Marca y Marketing: crea una identidad de marca sólida, que incluya un nombre comercial, logotipo y presencia en línea. Desarrolla una estrategia de marketing para promocionar tus productos o servicios.
- Cuenta Bancaria Empresarial: abre una cuenta bancaria empresarial separada de tus finanzas personales para mantener la contabilidad de tu empresa en orden.
- Seguros: considera la posibilidad (en algunos sectores, de hecho, será obligatorio) de contratar seguros empresariales que te protejan en caso de problemas legales, daños materiales o lesiones.
- Contabilidad y Fiscalidad: establece un sistema de contabilidad sólido y asegúrate de cumplir con la legislación vigente y las obligaciones fiscales de tu empresa.
- Lanzamiento y Marketing: lanza tu negocio y comienza a promocionarlo. Aprovecha estrategias de marketing en línea y fuera de línea para llegar a tus clientes potenciales. Recuerda que cada negocio es único y los pasos específicos pueden variar según tu sector económico y el lugar en el que te encuentres. Si necesitas asesoramiento legal y financiero para garantizar que tu empresa cumple con todas las regulaciones y está en un camino sólido hacia el éxito, no dudes en contar con nosotros: tenemos expertos en todos los campos para ayudarte a llevar tu negocio a lo más alto.
Para saber si tu nómina es correcta, además de tus datos personales y los de tu empleador, debes fijarte en los siguientes aspectos:
- Saber qué convenio colectivo se aplica en tu empresa, que dependerá de la actividad de la misma.
- Los conceptos que están en el convenio como salario base, pagas extras, plus transporte, etc estén actualizados según última revisión salarial del Convenio colectivo.
- Revisa las cotizaciones a la Seguridad Social, de las que una parte corren a cargo de la empresa y otra la debe pagar el trabajador y, por eso, aparece restada en la nómina: contingencias comunes, formación profesional o desempleo son algunos de los conceptos en los que el trabajador debe aportar una parte.
- Retención del IRPF: el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se paga en la Declaración de la Renta, pero se adelanta en determinados porcentajes en cada nómina, por lo que también aparece restado. El porcentaje de retención depende de las circunstancias personales del trabajador, que este habrá declarado mediante el formulario 145 al comienzo de su relación laboral con la empresa.
- Líquido a percibir: es el importe que el trabajador percibe por su trabajo, resultado de restar a la cantidad bruta el total de conceptos a deducir.
Cuando una persona en activo está de baja por enfermedad hasta el día 365, es la empresa quien te paga la nómina, a partir de esta fecha y hasta el día 545, será la Mutua la encargada de pagarte el Salario.
- Baja por Enfermedad Común o Accidente no Laboral: en este caso tienes derecho a recibir una prestación económica conocida como «Incapacidad Temporal» (IT) o «Baja Médica». La cuantía de la prestación económica dependerá de tu base de cotización; durante los primeros tres días de baja médica, la empresa debe continuar pagándote tu salario completo. A partir del cuarto día, la Seguridad Social asume el pago. La prestación suele ser del 60% de la base de cotización del mes anterior, durante los primeros 20 días de baja. A partir del día 21, se eleva al 75%.
- Baja por Enfermedad Profesional o Accidente Laboral: en este caso tienes derecho a recibir una prestación económica por «Incapacidad Temporal por Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional», que será del 75% de la base reguladora desde el primer día de baja y se paga directamente a través de la Seguridad Social. La duración de la baja y las prestaciones pueden variar según la gravedad de la enfermedad o lesión.
En España, existen bonificaciones y ventajas para las empresas que contratan trabajadores mayores de cierta edad, especialmente aquellos que tienen más de 45 años. Estas medidas están destinadas a promover la empleabilidad de personas mayores y ayudar a combatir el desempleo en este grupo demográfico. Algunas de las bonificaciones y ventajas más comunes incluyen:
- Contratos indefinidos: algunas bonificaciones están específicamente diseñadas para fomentar la contratación indefinida de trabajadores mayores de 45 años y pueden incluir reducciones en las cotizaciones sociales durante un período determinado.
- Programas de empleo senior: existen programas específicos dirigidos a fomentar la contratación de trabajadores mayores, incluyendo asesoramiento a empresas, subvenciones y ayudas para la adaptación de puestos de trabajo a las necesidades de trabajadores senior.
- Formación y reciclaje profesional: algunas comunidades autónomas ofrecen ayudas para la formación y el reciclaje profesional de trabajadores mayores de 45 años, lo que puede hacer que su contratación sea más atractiva para las empresas. Es importante tener en cuenta que estas bonificaciones y ventajas pueden variar según la comunidad autónoma en la que se encuentre tu empresa. Consúltanos para obtener información actualizada y específica sobre las bonificaciones disponibles para la contratación de trabajadores mayores de 45 años en tu empresa.
En primer lugar, debes saber que no todos los gastos de la empresa son deducibles, es decir, se pueden desgravar de los impuestos. Para que el gasto sea deducible debe ser, por un lado, necesario para el desarrollo de la actividad de la empresa o autónomo y, por otro, debes disponer de la justificación necesaria (habitualmente, la factura relacionada), haberlo registrado en el Libro de Gastos de la empresa y debe estar autorizado por Hacienda. Según la legislación vigente, los gastos deducibles para una empresa son:
- Consumos de explotación (todos los bienes que hayas comprado a un tercero para desarrollar tu actividad económica).
- Sueldos y salarios
- Seguridad Social, tanto de los trabajadores como la propia cuota de autónomo
- Otros gastos relativos al personal, como indemnizaciones, gastos de formación…
- Alquileres, posibles cánones y asistencia técnica
- Gastos de mantenimiento y reparación, excepto aquellos cuyo objetivo sea realizar una ampliación o mejora, que se deducen por otro lado.
- Servicios de profesionales independientes como gestores, abogados o asesores, así como suministros, servicios bancarios, gastos de transporte…
- Tributos fiscalmente deducibles, como el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) o en IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) Además, hay otros gastos deducibles, como la compra de software y hardware necesario para la actividad, diseño y gestión de una página web para el negocio o los gastos de comidas de trabajo en determinadas circunstancias y hasta ciertos límites. Si quieres asegurarte de que te deduces todo lo que puedas según tu actividad y en función de la comunidad autónoma en la que vivas, no dudes en contactar con nosotros para que te asesoremos.