En primer lugar, debes saber que no todos los gastos de la empresa son deducibles, es decir, se pueden desgravar de los impuestos. Para que el gasto sea deducible debe ser, por un lado, necesario para el desarrollo de la actividad de la empresa o autónomo y, por otro, debes disponer de la justificación necesaria (habitualmente, la factura relacionada), haberlo registrado en el Libro de Gastos de la empresa y debe estar autorizado por Hacienda. Según la legislación vigente, los gastos deducibles para una empresa son:
- Consumos de explotación (todos los bienes que hayas comprado a un tercero para desarrollar tu actividad económica).
- Sueldos y salarios
- Seguridad Social, tanto de los trabajadores como la propia cuota de autónomo
- Otros gastos relativos al personal, como indemnizaciones, gastos de formación…
- Alquileres, posibles cánones y asistencia técnica
- Gastos de mantenimiento y reparación, excepto aquellos cuyo objetivo sea realizar una ampliación o mejora, que se deducen por otro lado.
- Servicios de profesionales independientes como gestores, abogados o asesores, así como suministros, servicios bancarios, gastos de transporte…
- Tributos fiscalmente deducibles, como el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) o en IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) Además, hay otros gastos deducibles, como la compra de software y hardware necesario para la actividad, diseño y gestión de una página web para el negocio o los gastos de comidas de trabajo en determinadas circunstancias y hasta ciertos límites. Si quieres asegurarte de que te deduces todo lo que puedas según tu actividad y en función de la comunidad autónoma en la que vivas, no dudes en contactar con nosotros para que te asesoremos.
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