La tributación en la venta de inmuebles depende de si la operación se realiza entre particulares o entre empresas, así como del tipo de inmueble. Aquí está la distinción clave:
- Venta entre Particulares: cuando una persona vende una propiedad a otra persona que no es una empresa o un profesional, generalmente la operación está sujeta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) o al Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IVTNU), también conocido como «plusvalía municipal». El IVA no se aplica en este caso.
- Venta entre Empresas o Profesionales: si la venta de un inmueble se realiza entre empresas o profesionales, sí se aplicará el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), a la tasa general del 21% en la mayoría de los casos, aunque hay excepciones para propiedades residenciales nuevas, que pueden estar sujetas a un tipo reducido del 10%.
Existen excepciones y particularidades en la aplicación de estos impuestos, especialmente en lo que respecta a viviendas de protección oficial, locales comerciales, terrenos rústicos, y otras situaciones especiales. Además, las regulaciones fiscales pueden variar según la comunidad autónoma.
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